Ni públicas ni privadas: la SCJN prohíbe reprobar alumnos en educación básica
El criterio es aplicable en los planteles del sistema público y en las escuelas privadas incorporadas al sistema educativo nacional. En el fallo, la Corte señaló que la autoridad educativa federal (la SEP) tiene competencia para definir los mecanismos de evaluación y promoción de los estudiantes.
El acuerdo también elimina el requisito de 80% de asistencia mínima para acreditar el ciclo escolar.